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Published by Adriana Schulz on 6 octubre, 2020
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Posicionamiento de TRIACENTRO ANTE EL NUEVO ETIQUETADO NUTRIMENTAL EN MÉXICO

El 1 de octubre del presente año entra en vigor la primera Fase (serán 3 que concluirán en octubre de 2025) de las reformas y adiciones que se realizaron a la Ley General de Salud, en Materia de Sobrepeso, Obesidad y de Etiquetado de Alimentos y Bebidas no Alcohólicas. El alcance de estas reformas se observa en la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria.

A partir de esta fecha todo alimento o bebida no alcohólica preenvasada de producción nacional o extranjera deberá contener nuevas declaraciones nutrimentales en el envase donde se especifique con claridad el exceso de calorías y nutrimentos críticos (azúcar, sodio, grasas saturadas, grasas trans), basados en los límites que dicta el Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana para la Salud (OPS).

Si bien es cierto que el objetivo del nuevo etiquetado es informar al consumidor sobre el contenido nutrimental de los alimentos preenvasados con el propósito de fomentar mejores elecciones para la salud, consideramos importante comentar las implicaciones negativas que esta estrategia de salud pública, podría tener sobre población particularmente sensible a esta información, como lo son nuestros pacientes.

Ante la ola de información que existe y surgirá a partir del nuevo etiquetado nutrimental, cabe aclarar la metodología utilizada, así como las desventajas que este brinda al consumidor:

  1. Toda la información nutrimental debe venir declarada con base en 100g.  o 100ml. del producto. Esto se estableció con el objetivo de facilitar la comparación entre productos. Desde el punto de vista nutrimental, el peso o volumen de un alimento es irrelevante y no es un parámetro objetivo para la comparación de contenido nutrimental. Por otro lado, el consumidor tendrá que aprender a realizar cálculos complejos para obtener la información del envase o porción y así obtener el dato real.
  2. Ahora se agrega la declaración nutrimental complementaria que será visible en forma de 5 nuevos sellos (hexágonos negros) con el propósito de hacer notar al consumidor productos con:

1. Exceso de calorías: este se otorgará a todos los productos que por cada 100g. aporten ≥275 kilocalorías, o que por cada 100ml. contenga ≥70 kcal. Es importante aclarar que ingerir dicha cantidad de energía no representa ningún riesgo para la salud, además que no todos los productos contienen 100g. del producto por envase. En el mercado, no es difícil encontrar productos con 20 o 30g. por envase, así que al consumirlos no se llegará ni cercanamente a esa cantidad de calorías “límite”.

2. Exceso de azúcar: lo deben contener todos los productos que superen el 10% de calorías provenientes de azúcares libres (azúcares añadidos + azúcares naturalmente presentes en miel, jarabes y jugos de frutas u hortalizas). La recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS) es no rebasar el consumo del 10% de calorías provenientes de azúcares simples al día. Extrapolar esta recomendación a un producto, que representa una fracción de la dieta diaria puede ser amarillista, particularmente en alimentos que se venden en presentaciones menores a 100g. ¿Por qué? Considerando un producto que contenga 275 kcal por 100g, y que tan solo brinde 27.5 kcal de azúcares libres (6.8g = 1.5 cucharaditas de azúcar) deberá contener el sello. Pensando que el consumidor solo comerá un envase con 50g, por ejemplo, lo que realmente va a ingerir son 3.4g. de dicho nutrimento. ¿Es excesivo en realidad?

3. Exceso de sodio: lo contendrán todos los productos que contengan ≥ 1 mg de sodio por kcal o ≥ 300 mg. La ingesta diaria recomendada de sodio es de 2300 mg. al día, y es importante aclarar que este es necesario para la vida. Mantener la perspectiva del consumo total vs. la ingesta en un producto es importante para no mermar el consumo de sodio en la dieta. Muchos productos contienen sodio porque alarga la vida de anaquel.

4. Exceso de grasas saturadas: estará presente en los productos que contengan ≥ 10 % del total de energía proveniente de grasas saturadas. Entender dónde se encuentran y que no debe ser restringido su consumo en su totalidad, es fundamental.

5. Grasas trans: todo producto que contengan ≥ 1 % del total de energía proveniente de grasas trans. Se recomienda no exceder más de 2.2gr por día, así que verificar en la tabla nutrimental es más útil. Ahora vendrá declarado en miligramos (mg.) por lo que es importante hacer la conversión a gramos si se quiere seguir la recomendación.

La industria alimentaria ha sido un gran aliado en las últimas décadas que permite tener acceso a múltiples opciones: yogurt, leche pasteurizada, tostadas, pastas, pan integral, etc. Aprender es importante para interpretar la información, y consultar con nutriólogos capacitados y críticos de la información es una opción si este nuevo etiquetado genera dudas, miedos o mitos.

Los alimentos, alimentos son; brindarles categorías morales a partir de su contenido nutrimental puede generar angustia, miedo, desconfianza, etc. Eliminar las clasificaciones y concentrase en hábitos saludables es un camino que debe ir libre de control (conteo de calorías, macros, restricciones sin sentido) y lleno de bienestar. Los alimentos además de energía, azúcares, sodio, proteínas, grasas, etc. nos dan sensaciones y nos hacen parte del entrono social. Eso también es importante para entender la manera en que un individuo se alimenta. Preserva la salud integral (física, mental, emocional) es importante, y la prohibición y miedo no son el camino.

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Adriana Schulz
Adriana Schulz
Licenciada en Dietética y Nutrición por la Escuela de Dietética y Nutrición del ISSSTE (EDN). Cuenta con especialidad en el Manejo del Estilo de Vida del Paciente con Síndrome Metabólico por el Instituto Latinoamericano de Sobrepeso y Obesidad. Miembro de la Asociación Mexicana de Nutriología A.C.

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